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Términos del servicio

Índice

Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Gastos en caso de desistimiento
Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 9 - El precio
Artículo 10 - Conformidad y garantía
Artículo 11 - Entrega y ejecución
Artículo 12 - Contratos de tracto sucesivo: duración, resolución y prórroga
Artículo 13 - Pago
Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 15 - Litigios
Artículo 16 - Disposiciones adicionales o divergentes

Artículo 1 - Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

  1. Periodo de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día natural;
  4. Contrato de tracto sucesivo: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o compra se distribuye en el tiempo;
  5. Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que posibilite su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
  7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición y que el consumidor puede rellenar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema de venta a distancia de productos y/o servicios organizado por el empresario, hasta la celebración del contrato inclusive se utilizan exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar.
  11. Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

Artículo 2 - Identidad del empresario

Achaté;
Nieuwe Prinsenkade 3
4811 VC Breda

Correo electrónico: support@achate.nl
Número de la Cámara de Comercio (KvK): 83099549
Número de identificación a efectos del IVA: NL862726335B01  

Artículo 3 - Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado y pedido realizado entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de celebrar el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en el establecimiento del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de celebrar el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de celebrar el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, también sean de aplicación condiciones específicas de productos o servicios, los apartados segundo y tercero se aplicarán por analogía y, en caso de contradicción entre las condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si en algún momento una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran total o parcialmente nulas o anuladas, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición en cuestión se sustituirá sin demora, de mutuo acuerdo, por una disposición que se aproxime lo máximo posible al alcance de la original.
  6. Las situaciones que no estén reguladas en estas condiciones generales deberán valorarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.
  7. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o se realiza bajo condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
  3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor valorar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
  4. Todas las imágenes, especificaciones y datos de la oferta son orientativos y no pueden dar lugar a indemnización ni a la resolución del contrato.
  5. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Cada oferta contiene información suficiente para que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Esto se refiere en particular a:
    • el precio, impuestos incluidos;
    • los posibles gastos de envío;
    • la forma en que se celebrará el contrato y qué acciones son necesarias para ello;
    • si se aplica o no el derecho de desistimiento;
    • la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
    • el plazo para aceptar la oferta o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
    • el importe de la tarifa de comunicación a distancia si el coste de utilizar la técnica de comunicación a distancia se calcula sobre una base distinta de la tarifa básica normal del medio de comunicación utilizado;
    • si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, cómo puede consultarlo el consumidor;
    • la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, si lo desea, corregir los datos que ha facilitado en el marco del contrato;
    • los posibles otros idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato;
    • los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y
    • la duración mínima del contrato a distancia en caso de un contrato de tracto sucesivo.

Artículo 5 - El contrato

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas para ello.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas para ello.
  4. El empresario podrá, dentro del marco legal, informarse de si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para celebrar de forma responsable el contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar de forma motivada un pedido o solicitud o para vincular su ejecución a condiciones especiales.
  5. Junto con el producto o servicio, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:
    • la dirección del establecimiento del empresario al que el consumidor puede dirigir sus reclamaciones;
    • las condiciones en las que y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de que el derecho de desistimiento está excluido;
    • la información sobre garantías y el servicio posventa existente;
    • los datos incluidos en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya haya facilitado estos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato;
    • los requisitos para resolver el contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
  6. En caso de un contrato de tracto sucesivo, lo dispuesto en el apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.
  7. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

En la entrega de productos:

  1. Al comprar productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante 30 días. Este periodo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
  2. Durante el periodo de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para poder valorar si desea quedárselo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios entregados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicarlo al empresario en un plazo de 30 días tras la recepción del producto. El consumidor deberá comunicarlo mediante el formulario modelo o mediante otro medio de comunicación, como el correo electrónico. Una vez que el consumidor haya comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento, el cliente deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que los artículos entregados se han devuelto a tiempo, por ejemplo, mediante un justificante de envío.
  4. Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado que desea ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra será definitiva.

En la prestación de servicios:

  1. En la prestación de servicios, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante al menos 30 días a partir del día de la celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor seguirá las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario con la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la prestación.

Artículo 7 - Gastos en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, correrán a su cargo como máximo los gastos de devolución.
  2. Si el consumidor ha pagado un importe, el empresario lo reembolsará lo antes posible y, a más tardar, en un plazo de 30 días tras el desistimiento. Para ello, es condición que la tienda online ya haya recibido el producto devuelto o que pueda aportarse una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se realizará mediante el mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que este consienta expresamente otro método de pago.
  3. En caso de daños en el producto por un uso descuidado por parte del propio consumidor, este será responsable de la posible depreciación del producto.
  4. No se podrá responsabilizar al consumidor de la depreciación del producto si el empresario no ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; esto debe hacerse antes de la celebración del contrato de compraventa.

Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con antelación suficiente a la celebración del contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
    • que el empresario haya elaborado conforme a las especificaciones del consumidor;
    • que sean claramente de carácter personal;
    • que, por su naturaleza, no puedan devolverse;
    • que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
    • cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia;
    • para periódicos y revistas sueltos;
    • para grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya roto el consumidor;
    • para productos higiénicos cuyo precinto haya roto el consumidor.
  3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para servicios:
    • relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban prestarse en una fecha determinada o durante un periodo determinado;
    • cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que haya expirado el periodo de reflexión;
    • relativos a apuestas y loterías.

Artículo 9 - El precio

  1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio derivados de modificaciones en los tipos del IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario puede ofrecer con precios variables productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean, en su caso, precios orientativos se indicarán en la oferta. 
  3. Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de normas o disposiciones legales.
  4. Los incrementos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si el empresario lo ha estipulado y: 
    • son consecuencia de normas o disposiciones legales; o
    • el consumidor tiene la facultad de resolver el contrato con efecto a partir del día en que entre en vigor el incremento de precio.
  5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  6. Todos los precios están sujetos a errores tipográficos y de impresión. No se acepta ninguna responsabilidad por las consecuencias de errores tipográficos y de impresión. En caso de errores tipográficos y de impresión, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio erróneo. 

Artículo 10 - Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de solidez y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza también que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía facilitada por el empresario, el fabricante o el importador no afecta a los derechos y acciones legales que el consumidor puede ejercer frente al empresario en virtud del contrato.
  3. A todos los productos se les aplica la garantía legal. La duración de la garantía legal puede variar en función de la naturaleza del producto. 
  4. Los posibles defectos o productos entregados por error deberán comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 2 meses desde su descubrimiento.
  5. La garantía no se aplica si:
    • el consumidor ha reparado y/o manipulado él mismo los productos entregados o ha hecho que terceros los reparen y/o manipulen;
    • los productos entregados se han expuesto a condiciones anormales o se han tratado de forma descuidada de otro modo, o se han tratado en contra de las indicaciones del empresario y/o de las indicaciones del embalaje;
    • el defecto es total o parcialmente consecuencia de normas que el gobierno haya establecido o vaya a establecer en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 - Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con la máxima diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al valorar las solicitudes de prestación de servicios.
  2. Se considera lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
  3. Teniendo en cuenta lo indicado en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida rapidez y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega sufre retrasos o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá una notificación a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tiene derecho a indemnización. 
  4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no puede derivar ningún derecho de los plazos indicados. La superación de un plazo no da derecho al consumidor a una indemnización.
  5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible y, a más tardar, en un plazo de 14 días tras la resolución.
  6. Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se indicará de forma clara y comprensible que se entrega un artículo sustitutivo. En el caso de artículos sustitutivos, no puede excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de una posible devolución correrán a cargo del empresario.
  7. El riesgo de daños y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.

Artículo 12 - Contratos de tracto sucesivo: duración, resolución y prórroga

Resolución

  1. El consumidor puede resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad)  o servicios, respetando las normas de resolución acordadas a tal efecto y un plazo de preaviso de un mes como máximo.
  2. El consumidor puede resolver en cualquier momento, con efecto al final del periodo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad)  o servicios, respetando las normas de resolución acordadas a tal efecto y un plazo de preaviso de un mes como máximo.
  3. El consumidor puede, en relación con los contratos mencionados en los apartados anteriores:
    • resolverlos en cualquier momento, sin limitarse a una resolución en un momento determinado o en un periodo determinado;
    • resolverlos al menos de la misma forma en que los celebró;
    • resolverlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.

Prórroga

  1. Un contrato celebrado por tiempo  determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un periodo determinado.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo  determinado  que tenga por objeto la entrega periódica de diarios, periódicos, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un periodo determinado de tres meses como máximo, si el consumidor puede resolver dicho contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso de un mes como máximo.
  3. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolverlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo, y con un plazo de preaviso de tres meses como máximo si el contrato tiene por objeto la entrega periódica, pero menos de una vez al mes, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.
  4. Un contrato de duración limitada que tenga por objeto la entrega periódica, a modo de prueba, de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de introducción)  no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del periodo de prueba o de introducción.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, una vez transcurrido un año el consumidor podrá resolverlo en cualquier momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la resolución antes del final de la duración acordada.

Artículo 13 - Pago

  1. Salvo que se haya acordado otra cosa, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días laborables a partir del inicio del periodo de reflexión a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de un servicio, este plazo comienza una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
  2. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tiene derecho, salvo limitaciones legales, a cobrar los gastos razonables comunicados previamente al consumidor.

Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente difundido y tramita las reclamaciones de acuerdo con dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario, descritas de forma completa y clara, en un plazo de 2 meses desde que el consumidor haya detectado los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un tiempo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surge un litigio susceptible del procedimiento de resolución de litigios.
  5. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea de resolución de litigios en línea (ODR) (http://ec.europa.eu/odr).
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este indique otra cosa por escrito.
  7. Si el empresario considera fundada una reclamación, sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados, a su elección.

Artículo 15 - Litigios

  1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se les aplica exclusivamente el Derecho neerlandés, también si el consumidor reside en el extranjero.
  2. No se aplica la Convención de Viena sobre la compraventa internacional de mercaderías.

Artículo 16 - Disposiciones adicionales o divergentes

Las disposiciones adicionales o que difieran de estas condiciones generales no podrán ir en perjuicio del consumidor y deberán constar por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte duradero.